Con fundamento en las precedentes consideraciones este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por la autoridad que le confiere la Ley, declara la CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, ciudadanos ISMAEL DAVID MONSALVO ROJAS y JENNY JULIANA MONSALVO ROJAS, antes identificados. Se declara CON LUGAR la demanda interpuesta contra ellos por C.A. CENTRAL, BANCO UNIVERSAL. En consecuencia, se condena a los demandados a PAGAR a la parte actora, las siguientes cantidades de dinero:
PRIMERO: La cantidad de CUARENTA Y TRES MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO BOLÍVARES CON SETENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 43.598,74), por concepto de saldo de capital adeudado.
SEGUNDO: La cantidad de SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO BOLÍVARES CON CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 6.455,04), por concepto de intereses compensatorios del préstamo, por el período comprendido desde el 30 de julio de 2007 hasta el 15 de fe.....