D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos VICTOR MANUEL MONTES SIFUENTES y JOSELYN ROCIO SALCEDO ZERPA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-19.548.429 y V-22.665.209, respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día diecinueve (19) de Noviembre del año dos mil quince (2015), por ante el Registro Civil de la Parroquia Milla, Municipio Libertador del estado Mérida, según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio bajo el Nº 80, Folio N° 80 y su vuelto, del año 2015.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tri.....