Estando dentro de la oportunidad fijada para que lleve a Cabo la Ejecución Forzosa en la presente Causa hicieron acto de presencia las partes quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 525 del Código de Procedimiento Civil le solicitaron una Audiencia de Conciliación. La cual se llevó a Cabo en la presente fecha. En consecuencia se realizó el pago a la parte actora, y de igual manera los honorarios profesionales mediante cheque. Por lo que se ordena la terminación de la presente Causa. y no se ordenara su archivo hasta que conste diligencia donde se manifieste el cobro efectivo de los mismos.