En razón de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la acción de amparo interpuesta por el abogado Juan Neto, Procurador de Trabajadores, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 117.066, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana GODAIBA DEL CARMEN GUÍA DE PLATA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.580.106, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN, en virtud del desacato a la orden de reenganche y pago de salarios caídos contenida en la Providencia Administrativa Nº 976-2007, emanada de la Inspectoría del Trabajo el Distrito Capital en el Municipio Libertador, Sede Norte, en fecha 10 de diciembre de 2007.
En consecuencia, SE ORDENA al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN dar cumplimiento al c.....