Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, admitiendo en consecuencia la calificación jurídica dada por parte de la Fiscal del Ministerio Público para OSWEL RAFAEL BARRIOS , por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORÍA Y LESIONES PERSONALES LEVES , previsto y sancionado en el Artículo 458 en relación con el artículo 83 y 416 todos del Código Penal; en perjuicio del ciudadano ANGEL DE JESÚS RODRIGUEZ.
Emplazamiento a las partes
Se emplazo a las partes para que un plazo común de cinco (5) días concurra ante el tribunal de Juicio que ha de conocer el presente asunto.
Instrucción al Secretario
Se instruyo al Secretario de Sala a remitir las actuaciones correspondientes a la Fase Preparatoria a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público de este Estado y las actuaciones correspondientes a la Fase Intermedia a la Oficina de Recepción y.....