Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: FIRME en todas y cada una de sus partes, el decreto intimatorio dictado en este proceso de fecha 22 de junio de 2011, pasado en Autoridad de Cosa Juzgada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese, Publíquese y Déjese Copia.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los días del mes de octubre del año dos mil once (2011). Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.-
LA JUEZ,
Abg. FLOR DE MARÍA BRICEÑO BAYONA.-
LA SECRETARIA TEMPORAL,
IDALINA PATRICIA GONCALVES.-
nmaggio.-