PRIMERO: SE ADMITE y DECLARA CON LUGAR la inhibición propuesta por el Abogado OSWALDO RAFAEL FLORES, con el carácter de Juez Integrante de la Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en la causa Nº 1Aa-14.396-2021 (nomenclatura alfanumérica interna de esta Sala),relacionada con el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano CARLOS ENRIQUE PINEDA HERNANDEZ, en su carácter de VICTIMA conforme a los derechos que le confiere el Artículo2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el Artículo122 en concordancia con los artículos 444 y 445 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se acuerda oficiar a la Presidencia del Circuito Judicial Penal de este Estado, a fin de que convoque al juez suplente respectivo a los fines de que integre la Sala, conozca el fondo del asunto y se dicte la decisión correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial..."