En mérito, a lo antes razonado, este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario  Briceño   Iragorry   de  la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando  Justicia  y  en Nombre de  la  Ley, declara CON LUGAR  la demanda que por  DESALOJO,  que intentó la ciudadana   BELEN MARIA CHAURELL DE LANDAETA, venezolana,   mayor   de    edad,    titular    de     la     cédula de identidad Nº V-2.754.440,  debidamente asistida por el abogado JESUS ALEJANDRO LAYA ECHENIQUE,  inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el  N° 61.162, contra el ciudadano ORLANDO JOSE JAIMES CAPDEVILLA, titular de la cédula de identidad N° V-4.181.658, este en su carácter de arrendatario y  la  primera de los nombrados en   su   carácter   de   arrendador del inmueble ubicado en la Urbanización Las Acacias, Bloque 45, Edificio 02, distinguido con el Nº 05-05,  Municipio Girardot,   Estado  Aragua, con numero catastral: 04010118702005005.
              Al hilo del presente .....