En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE en razón de LA MATERIA para conocer la solicitud DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES, interpuesta por el ciudadano MIGUEL ANGEL GALINDEZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.759, en su carácter de Apoderado Judicial de las ciudadanas ANDREA FEDERICA OLMEDILLO BLAHA y MARIANNA HINES HERNÁNDEZ, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-26.414.079 y V-12.073.525, respectivamente
SEGUNDO: Se DECLINA la competencia para el conocimiento de la presente solicitud la competencia a los Juzgados de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscri.....