Visto que para el día de hoy, 19 de Noviembre de 2014, estaba fijada a las dos y media de la tarde (2:30 p.m.), la audiencia oral para dictar el fallo, prevista en el artículo 229 de la Ley Reforma Parcial de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, y por cuanto las partes no se hicieron presentes, ni por si, ni por medio de apoderado Judicial, es motivo por el cual se declara desierto el mismo, advirtiendo a las partes esta Instancia Superior Agraria, que se extenderá la publicación del fallo en las actas procesales, de conformidad con el citado articulo 229 eiusdem.