CONMUTA al penado GUILLERMO ALEXIS LOPEZ PADRON, titular de la cédula de identidad Nº 15.662.679, el resto de su pena por CONFINAMIENTO en la siguiente dirección: Sector La Esperanza, calle principal, vereda 3, casa Nº 97, Rosario de Paya, Municipio Mariño del Estado Aragua, de conformidad con lo previsto en el ordinal 1º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo dispuesto en los artículos 53 y 20 del Código Penal y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por el plazo de UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES y DIECISEIS (16) DIAS, que cumplirá en fecha 05 DE SEPTIEMBRE DE 2010.-