El Tribunal, visto el acuerdo alcanzado por las partes y siendo que el mismo no es contrario a derecho, ni viola ninguna norma constitucional, imparte la homologación de ley, de conformidad a lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y ordena el cierre y archivo del expediente, por cuanto no hay actuaciones por ejecutar. Finalmente la ciudadana Juez, ordenó la lectura integra de la presente acta quedando así los asistentes debidamente notificados y conformes con su contenido. Dándose por cerrado el acto a las 2:20 p.m de hoy 20 de Enero 2006. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.