D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con Sede en Turmero; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A, presentada personalmente por los Ciudadanos BENIGNA COROMOTO VASQUEZ Y TOMAS LARA ALVARADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Números V 9.439.523 Y 8.729.507, respectivamente, respectivamente, que contrajeron, en fecha Veintiséis (26) de Diciembre del año Mil Novecientos ochenta y cinco (1985), según se evidencia de la CERTIFICACIÓN del Acta de Matrimonio expedida por el Registro Civil del Municipio Santiago Mariño; la cual se encuentra inserta bajo el Acta Nº 384, en los Libros de Registro Civil de Matrimonios, llevados por ante el expresado Registro Dicha certificación del Acta de Matrimonio fue consignada y cursa al foli.....