DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a hacer los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se admite totalmente la acusación presentada por considerar que se encuentra suficientemente fundamentada, en contra del ciudadano JESÚS ALEXANDER PEREZ ALVARADO, por presumirlo incurso en la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal.
SEGUNDO: Se decreta SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO a ciudadano JESUS ALEXANDER PEREZ ALVARADO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 20.471.566, nacido el 03/08/1989, en Barquisimeto Estado Lara, de 21 años de edad, hija de JESUS RAMON PEREZ (+) Y YURIMA ALVARADO, Grado de Instrucción 1er Año, Ocupación: Albañil, Domiciliado Sabana Grande las Casitas sector 3 ca.....