Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Único: Con lugar la rectificación de acta de nacimiento solicitada por la ciudadana Lorynda Tibisay Teixeira Ragua, plenamente identificada en autos; en tal sentido, se ordena rectificar el error en que se incurrió al inscribirse el acta Nº 135 de fecha 8 de febrero de 1988, en los términos siguientes: en la parte destinada para señalar los datos de la madre de la solicitante, debe leerse: "Alix Marleny Ragua Chacón, cédula de identidad Nº V-9.149.652, soltera, de treinta años de edad, operadora de nóminas, natural de Ragonvalia, Colombia, venezolana de conformidad con el artículo 35, ordinal 3º, de la Constitución de 1961".
Ofíciese lo conducente a la Oficina de Registro Civil de la Parroquia San Agustín, Municipio Libertad.....