En consecuencia, por las razones antes expuestas y de conformidad con lo establecido en el Artículo 267 del Código de procedimiento Civil en concordancia con el artículo 269 eiusdem, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley declara de oficio la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el procedimiento por ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, incoado por TULIO ERNESTO HIDALGO VARGAS, contra AGÜERO ESSA ELBA MARIA. Se ordena el archivo del presente, una vez que quede firme la presente decisión.
Dado. Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, a los veinte 20 días del mes de Enero del Año 2021. Años 209° de la Independencia y 160° de la Federación. Regístrese, Publíquese.-
LA JUEZ,
MAGALY BASTIA .....