Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, presentada por los Ciudadanos: JOSE RAFAEL RANGEL VELASCO Y CARMEN SOFIA SILVA DE RANGEL venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.396.707 Y V- 8.826.332 respectivamente. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el Vinculo Conyugal que los une, contraído en fecha: Nueve (09) de Julio del año (1.987) por ante El Registro Civil de Villa de Cura, del Municipio Zamora, de la Circunscripción Judicial del, Estado Aragua, como se evidencia del acta que se encuentra inserta bajo el Nº134, Tomo I, de fecha 09 de Julio, del año 1.987, en los libros respectivos, en los términos expuestos en la presente solicitud, en conformidad con lo dispuest.....