D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos: EMMALBI JANETTE HURTADO HERNANDEZ y RAFAEL JOSE ANTONIO OSORIO RODRIGUEZ, cónyuges, mayores de edad, de este domicilio, venezolanos y titulares de las cédulas de identidad números V-22.344.948 y V-18.884.081, respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día treinta (30) de septiembre del año dos mil diez 2010, por ante el Registro Civil Municipio Bolívar del Estado Aragua, según consta del Acta N° 236 del año 2010.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho.....