Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, en vista de que la mediación ha sido positiva, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como las partes lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada de conformidad al artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia se ordena el cierre y archivo del expediente. se deja constancia que se consignan copia del cheque. Se acuerdan cuatro (04) ejemplares de un mismo tenor y aun solo efecto, de los cuales uno será incorporado al expediente, uno para el copiador de sentencias y dos (02) ejemplares solicitados por las partes. Déjese copia. Terminó, se leyó y conformes firman. Dándose por cerrado el acto a las 10:00a.m., del día de hoy Martes veinte (20) de febrero de dos mil dieciocho (20.....