D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos: HECLUY ESTEFANIA ARROYO BOLIVAR y ALEXANDER RAFAEL ROJAS MADRIZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges y titulares de las cédulas de identidad números V-16.761.957 y V-10.358.857, respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día veintisiete (27) de Marzo del año mil novecientos noventa y ocho 1998, por ante el Registro Civil del Municipio Bolívar del Estado Aragua, según consta del Ac¬ta N° 06, folios 114, 115, 116 y 117 del año 1998.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Dada, sellada y firmada en la Sal.....