JUZGADO DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-
TURMERO, 20 DE MARZO DEL AÑO 2.006.-
Años 194° Y 145°
Visto el convenimiento celebrado por las partes que corre inserto en autos al folio veintiséis (26), presentado, mediante diligencia de fecha 15-03-06, este Tribunal imparte la homologación en los mismos términos y condiciones expuestas en dicho escrito, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Juzgado ordena proceder como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada Y ASI SE DECIDE .-
LA JUEZ PROVISORIO,
ABG. GLADYS GUADALUPE GIRON
LA SECRETARIA,
THAIDES MARTINEZ R.
EXP. N° 2189-05