ESTE JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCANTARA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: EXTINGUIDA la Instancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil, que se aplica por analogía. Ofíciese al Jefe de Personal del Cuerpo de Seguridad y Orden Público del Estado Aragua, informándole lo acordado.-
La Juez,
Abg. Blanca L. Pirela Hernández
La Secretaria Temp.,
Yoselin C. Calzadilla Abreu
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Se libró Oficio Nº ________.-
La Secretaria Temp.,
Yoselin C. Calzadilla Abreu
Exp. Nº 342-2004
BLP/ioa