-III-
-DE LA ADMISIBILIDAD DE LAS PRUEBAS-
En relación a las pruebas promovidas presentados en fecha (15-03-2017) por el abogado José de los Santos Montilla, Defensor Público Agrario Segundo de la Circunscripción Judicial del Carabobo, actuando en su carácter de Defensor Público de la ciudadana Liliana Querales Guevara ya identificado, parte apelante en la presente causa, este Juzgado Superior Agrario ADMITE las documentales promovidas en el capítulo I título III, por no ser manifiestamente ilegal o impertinente de conformidad con lo establecido en los artículos 395, 397, 398 y 509 del Código de Procedimiento Civil; con relación a la INSPECCIÓN JUDICIAL promovidas en el capítulo I título IV; este Juzgado Superior Agrario, advierte que tal como lo establece el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario,"(...) En la alzada podrán producirse las pruebas de instrumentos públicos, posiciones juradas y el juramento decisorio.(...)" la prueba de "Inspección", promovida co.....