Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal vista la norma antes transcrita y acogiéndose a la misma, le imparte su HOMOLOGACIÓN al referido convenimiento de la parte demandada en el presente juicio que por DESALOJO tiene incoado MERCEDES CUELLO DE RODRIGUEZ y FEDERICO RODRIGUEZ, se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y ASÍ SE DECIDE.-
Dado, firmado y sellado en la sala de despacho del Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, en Maracay, a los 20 días del mes de abril de dos mil seis (2006).- Años 195° y 146°.
LA JUEZ
ABOG. MARY FERNADEZ PAREDES
LA SECRETARIA
ABG. SOL S. DIAZ GUERRERO.
En esta fecha siendo las 10:30 a.m se publicó y se registró la anterior .....