PRIMERO: Declara con lugar la pretensión formulada en el recurso de apelación interpuesto el 30-9-2008 por las Fiscales 8ª y 26ª del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena, relativa a que se revocara la decisión dictada el 26-8-2008 por la Juez 14ª de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal y se dictara sentencia propia condenándose a JUAN ANDRES ESCALONA por la comisión de los delitos de homicidio calificado en ejecución de robo y robo agravado, ordenándose en consecuencia la detención del mencionado ciudadano.
SEGUNDO: Dicta, de conformidad con el segundo párrafo del artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal, decisión propia sobre el asunto, condenándose al ciudadano JUAN ANDRES ESCALONA a cumplir la pena de 23 años y 6 meses de prisión, con sus correspondientes accesorias, por la comisión de los delitos de homicidio calificado en ejecución de robo y robo agravado, previstos y sancionados respectivamente en el numeral 1 .....