En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA RECUSACIÓN, interpuesta por la abogado Francisco López Mercado, en contra de la ciudadana Juez , Dra. Evelia Rodríguez, a cargo Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: SE IMPONE al abogado recusante FRANCISCO LÓPEZ MERCADO, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.695.073, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la Matricular N° 44.203; LA MULTA de diez (10) Unidades Tributarias, conforme a lo previsto en el artículo 42 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO: La multa antes impuesta deberá ser cancelada ante cua.....