Se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano LUIS ALBERTO FLORES ZERPA, natural de Valera, Estado Trujillo, el día 25/11/1956, de 52 años de edad, soltero, profesión u oficio: obrero, residenciado en: Urb. La Barraca, calle 12, casa Nº 07, Maracay, Estado Aragua, sin teléfono de ubicación, titular de la Cédula de Identidad Nº V-07.181.360; por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA y AMENAZA, previsto y sancionado en los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en virtud de haber operado a su favor la PRESCRIPCIÓN JUDICIAL O EXTRAORDINARIA, porque desde la fecha del presunto hecho 29.06.2009, trascurrieron CUATRO (4) AÑOS y ONCE (11) MESES, siendo el lapso de prescripción judicial o extraordinaria el de cuatro (4) años y ocho (8) meses, por lo que el lapso transcurrido a la fecha es muy superior al de la prescripción judicial de conformidad con lo establecido en el numeral 5 del artículo 108.....