En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto (6°) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 01 de noviembre de 2022, por el abogado ANGELO CUTOLO, en su carácter de apoderado judicial del Tercero Beneficiario del Acto Administrativo LABORATORIOS BEHRENS, C.A., contra la sentencia de fecha 24 de octubre de 2022, dictada por el Juzgado Sexto (6º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de esta Circunscripción Judicial; SEGUNDO: Se confirma en toda y cada una de sus partes el fallo apelado; TERCERO: CON LUGAR la demanda en nulidad del acto administrativo interpuesto por la ciudadana ROSÁNGELES LÓPEZ LISBOA, contra Providencia Administrativa Nº 00060, de fecha 12 de Abril de 2019, emanada de la Inspectoría del Trabajo Municipio .....