SEGUNDO: Por cuanto están llenas las exigencias establecidas en el Artículo 185-A, del Código Civil Vigente, éste Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los Ciudadanos ANGEL MARTIN PEREZ y YENNI JOSEFINA VASQUEZ ROMERO, y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la PREFECTURA JOAQUIN CRESPO DEL MUNICIPIO GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA, según acta de matrimonio del año 1.983, 3er Tomo, bajo el N° 837, de fecha 27 de Agosto de 1.983, conforme se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio que corre inserta al Folio (3 y Vto.) del expediente.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia del presente fallo.-
Liquídese la comunidad conyugal., en c.....