Este Tribunal considera procedente su interpretación y alcance. Asimismo se desprende que siendo el Banco Bicentenarario un Banco del Estado, este actúa en el caso de marras como parte actora, por tanto, no es necesario notificar a la Procuraduría General de la República ya que no existe riesgo que afecten los intereses patrimoniales de la República, razón por la cual se niega lo peticionado por la parte. ASÍ SE DECIDE.