En vista de las consideraciones antes expuestas es por lo que este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, conforme a las facultades establecidas en el artículo 253 de nuestra Carta Magna, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: PROCEDENTE LA CONFESIÓN FICTA, del demandado PASQUALE CARNA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.970.025, director de INVERSIONES PARQUE LA MORITA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y el estado Miranda, en fecha 14 de Junio de 2006, bajo el Nro. 64, Tomo 1347-A.
SEGUNDO: DECLARA PROCEDENTE LA EXTINCIÓN DE HIPOTECA POR EL PAGOS DE LA TOTALIDAD DE LA DEUDA, cancelados en seis cuotas de (10.000,00 Bs.) cada una, dos cuotas especiales de (230.000,00 Bs.), dos cuotas de (230.000,00 Bs.), y un.....