Así mismo, en virtud de que quien aquí suscribe se le ha dificultado el estudio y análisis de las presentes medidas cautelares, debido a que deben ser estudiadas cuidadosamente, siendo que las distintas solicitudes de préstamo del presente expediente, han inferido en el sentido de imposibilitar el pronunciamiento definitivo de las presentes medidas cautelares; en consecuencia este Juzgado pasa a pronunciarse en relación a las presentes medidas:
1) Medida Cautelar de prohibición de enajenar y gravar sobre un (01) inmueble constituido por una casa y el terreno donde está construida, ubicado en la segunda avenida cruce con pasaje 12 Nº 232, Barrio San José, identificado con el Nº catastral Nº 010503040010014021000000000, en jurisdicción del Municipio Girardot, en Maracay, Estado Aragua. 2) Medida Cautelar de prohibición de enajenar y gravar sobre un lote de terreno constante de sesenta y nueve hectáreas (69 has) aproximadamente, de la hacienda Santa Rosa, ubicada en el asen.....