D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos YUSNEIDIS CAROLINA MENDEZ ALARCON y FRANCISCO JESUS PERDOMO GARCIA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-17.970.929 y V-14.982.651 respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día nueve (09) de junio del año mil novecientos noventa y ocho (1998), por ante el Registro Civil del Municipio José Rafael Revenga, El Consejo del estado Aragua, según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio bajo el Nº 69, Folio 185, Tomo I, del año 1998.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo .....