El Juez Ejecutor administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara secuestrado el apartamento, y vista la solicitud de la parte ejecutante y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 39 de la Ley de Arrendamiento Inmobiliario, previa consulta con el Juez del Tribunal de la causa Abogado LUIS ALBERTO PETIT GUERRA, acuerda lo solicitado y consecuencialmente coloca el inmueble libre de bienes y personas en posesión de la parte ejecutante representada en este acto por el apoderados judiciales de la parte ejecutante abogados MANASES JOSE CAPRILES DOMINGUEZ y FIDEL ALEJANDRO MONTAÑEZ PASTOR.