Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la sociedad de comercio TRANSPIMENTEL C.A contra la decisión dictada el 21 de mayo de 2009 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión apelada en todas sus partes y en consecuencia, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el Ciudadano RAMON ANTONIO GUAIMACUTO SEBALLO, titular de la cedula de identidad No.1.197.664, contra el Grupo de Empresas conformado por las sociedades de comercio TRANSPORTE PIMENTEL, TRANSPORTE DON PIMENTEL O TRANSPIMENTEL, S.R.L. y SE CONDENA a la sociedad de comercio TRANSPIMENTEL C.A. a cancelarle a la parte .....