Por las razones aquí expuestas este JUZGADO TERCERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por la ciudadana GRACIELA YAXIBETH JIMENEZ GOMEZ contra la Sociedad Mercantil CELULAS MADRE C.A. ambos identificados en autos. ASÍ SE DECIDE.-SEGUNDO: Se condena a la accionada Sociedad Mercantil CELULAS MADRE C.A. a pagar a la accionante GRACIELA YAXIBETH JIMENEZ GOMEZ, lo que se refiere a la Indemnización establecida en el artículo 125 de la LOT, equivalente 120 días, a razón de 146,68Bsf. diario. De igual forma, deberá pagar la cantidad de 26 días, a razón de 18,00 Bsf. ASÍ SE DECIDE.- TERCERO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión. ASÍ SE DECIDE.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE Y GUARDESE COP.....