Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente juicio de INTERDICTO RESTITUTORIO incoada por PETROLEOS DE VENEZUELA S.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, el 09 de mayo de 2001,bajo el Nº 23, Tomo 81-A contra CESAR PEDEMONTE CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 3.695.820 y de este domicilio.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, NOTIFIQUESE Y DÉJESE COPIA.
EL JUEZ,
Abg. GUSTAVO POSADA VILLA LA SECRETARIA,
Abg. Dubravka Vivas
En esta misma fecha, siendo las (09:30 a.m.), se dicto y publicó la anterior sentencia. Conste.
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