DISPOSITIVA.-
En vista de los argumentos de hecho y de derecho antes expuestos, este juzgado único de juicio en materia de violencia de genero del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo pautado en el Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo referido en el artículo 365 ejusdem, así como de acuerdo con lo previsto en el artículo 346 ibidem, y dando cumplimiento a los requisitos regulados en el articulo 346 del Código Orgánico Procesal Penal, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO CONDENA al ciudadano DERVIS JOSE RODRIGUEZ a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y DOS MESES, por los delitos de VIOLENCIA FISICA Y ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 42 Y 45 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: se sustituye la medida de dictada en fecha 28 de octubre de 2016, por el Tribunal Primero de Control d.....