DISPOSITIVA
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano CARLOS ALEXANDER BRITO CEDEÑO titular de la cedula de identidad N° V-26.792.940, de nacionalidad VENEZOLANO, natural de MARACAY, ESTADO ARAGUA, de estado civil Soltero, de 24 años de edad, fecha de nacimiento 21-12-1997, profesión u oficio: OBRERO, residenciado en: URBANIZACION GUASIMAL, TORRE 5, MANZANA NRO. 5-5, APARTAMENTO 6, MARACAY, ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS, SIES (06) MESES y QUINCE (15) DIAS DE PRISION, más las penas accesorias previstas en el Código Penal, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, .....