Por lo antes expuesto y con apego a lo establecido en los artículos 12, 349 y 350 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Segundo de los Municipios Maturín Aguasay Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR las CUESTIÓNES PREVIAS opuestas por el ciudadano RAUL ERNESTO MANZANO AMATT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. 15.550.592, debidamente asistido por el abogado ROBINSON NARVAEZ, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 59.874; en el juicio de RESOLUCION DE CONTRATO CON RESERVA DE DOMINIO, interpuesto por el FONDO DE CREDITO PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO MONAGAS (FONCREDEMO). Se condena en costas a la demandada.