En razón de lo expuesto precedentemente este TRIBUNAL OCTAVO DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRUITO LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente proceso incoado por la ciudadana NANCY SANDOVAL, contra la Sociedad Mercantil FARMA CLUB COLON C.A., por motivo de CALIFICACION DE DESPIDO, por lo que se considera extinguida la instancia y se ordena el cierre y archivo del mismo .-