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D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil presentada por los ciudadanos, PANNARALE JANET y DE VENUTO DOMENICO, venezolana la primera y extranjero el segundo, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-5.308.212 y E-81.683.728, respectivamente y ambos de este domicilio. En consecuencia, se Declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeron ante el Registro Civil del Municipio Chacao, Municipio Sucre del Estado Miranda, en fecha 02 de Diciembre de 1980, quedando registrado bajo el Nº 388, tal como consta en los Libros Registro Civil correspondiente.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municip.....