este Tribunal hace propio los criterios analizados que se mencionan, y en consecuencia, ordena librar nuevo cartel de notificación en los mismos términos y condiciones del auto de admisión del presente asunto a la ASOCIACION CIVIL CENTRO DOCENTE CARDIOLOGICO BOLIVARIANO DE ARAGUA, a los fines de llevar a cabo la celebración de la audiencia preliminar, previo el vencimiento de los lapsos otorgados concedidos en el auto de admisión de fecha 30 de marzo de 2012, actuando como rector del proceso según lo previsto en el artículo 6 y 11 de le Ley Orgánica Procesal del Trabajo; 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 228 del Código de Procedimiento Civil