DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos esta Sala N° 5 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara Sin Lugar el recurso de Apelación interpuesto por los Abogados WILLIAM E. SANTAMARIA y JUAN CARLOS HADID, actuando como defensores del ciudadano JAILER SANTAMARIA ESCORCIA, y en consecuencia se CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Vigésimo Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 14 de Agosto de 2006, mediante la cual decreta Medida Judicial Privativa Preventiva de Libertad al referido ciudadano, de conformidad con lo establecido en los artículos 250; y 251 parágrafo primero ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código .....