DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Organo Jurisdiccional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, ACUERDA la FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA LIBERTAD CONDICIONAL, a favor del penado JOSE ANTONIO LOPEZ, ampliamente identificado ut-supra, actualmente pernoctando en el Centro de Tratamiento Comunitario "Miguel Antonio Blanco Guerra", con sede en esta ciudad. Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 500 (hoy reformado) del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, el beneficiario no debe incurrir en nuevo delito; no debe ausentarse de la Jurisdicción del Estado Monagas, sin previa autorización de este Juzgador; no debe consumir bebidas alcohólicas y/o sustancias estupefacientes; no debe visitar lugares de dudosa reputación; y seguirá sometido a las obligaciones que le imponga el Delegado de Prueba, mientras dure la Libertad Condicional.....