Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda interpuesta por el ciudadano ALBERTO SUAREZ-RIVERO SCAPARONE, en contra de la empresa HUAWEI TECHNOLOGIES DE VENEZUELA, S.A, ambas partes plenamente identificadas en el cuerpo de esta sentencia.
SEGUNDO: Se ordena a la referida empresa cancelar al accionante la cantidad expresada en la motiva del presente fallo, por concepto de diferencia de vacaciones y bono vacacional, correspondiente al período 2007-2008. Asimismo se ordena el pago por concepto de indexación judicial, de la cantidad señalada en la motiva, todo ello conforme al criterio de la Sala de Casación Social de nuestro Máximo Tribunal, el cual comparte este Tribunal, establecido en la sentencia N° 1.841 de.....