Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la abogada en ejercicio Tamara Villegas Vivas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 15.433, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 18 de noviembre de 2.013, proferida por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; en consecuencia, se revoca la declaratoria con lugar de la demanda de divorcio incoada en la causa principal.
SEGUNDO: SIN LUGAR, la demanda de Divorcio incoada por el ciudadano Oswaldo José Morales contra de la ciudadana Rita Josefina Aguilar de Morales.
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