Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto en la causa N° NP01-P-2008-000132, por los Abogados FRANCISCO JAVIER VIVAS LOPEZ y WILMER COVA BELLAVILLE, contra la decisión dictada en fecha 10/09/2008, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal; por considerar este Tribunal Colegiado que los Abogados identificados carecen de legitimidad para recurrir en apelación, bajo los argumentos anteriormente expuestos. Declaratoria que se hace conforme a lo dispuesto en el literal "a", del artículo 437, en relación con el 433, 325 del Código Orgánico Procesal Penal.