Por todas y cada una de las razones que anteceden, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo previsto en la causal segunda del artículo 185 del Código Civil y el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia se declara:
• PRIMERO: Disuelto el vínculo conyugal que existe entre los ciudadanos MARIAM FABIOLA DÍAZ y ANTONIO JOSÉ MUNDARAIN RAMÍREZ, previamente identificados, según se evidencia de Acta de Matrimonio celebrado por el Registro Civil de la Parroquia San Simón, Municipio Maturín del Estado Monagas en fecha 23 de abril del año 2010, anotada bajo el N° 155, de los Libros llevados por ese Despacho.-
• SEGUNDO: Liquídese la comunidad conyugal.-
• TERCERO: Dada la naturaleza especial del fallo no hay condenatoria en costas.-
Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia.-
Dado, f.....