DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR LA DEFENSA DE PRESCRIPCIÓN DE LA ACCION opuesta por la parte demandada y en consecuencia se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada por la ciudadana GRECIA ELENA RONDON, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de las Cédula de Identidad No. V- 13.034.312 contra la empresa COMERCIAL ORO Y HORA, C.A.., Sociedad Mercantil debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda bajo el No.41, Tomo 463-A Sgdo, de fecha 26 de septiembre de 1997 y en forma personal a los ciudadanos MARYLIN DE JESUS FAJARDO ALVAREZ y RAFAEL ENRIQUE SANCHEZ MARADEY, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titular de las cédulas de identidad Nos V- 6.815.693 y V- 6.916.422, respectivamente, en su condición de accionistas de la demandada. Se ordena a los demandados a pagar la cantidad de DOS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y UNO CON 27/100 CENTIMOS (Bs.....